- Subject of
- Grillo, Domenico, Genoese Italian, 1617 - 1687
- Ambrosio Lomellino, Genoese, died 1667
- Arias de Viveros, Francisco
- de Velasco, Sebastian
- Soltero Castaneda, Nicolás
- Prieto Soltero, Juan
- Bautista, Juan, Genoese
- Lomellino, María Isabela, Genoese
- Lomellino, Francisco, Genoese
- Muñoz, Jerónimo, Spanish
- Lomellino, Agostino, Genoese, died 1669
- Benites Delgado, Diego, Spanish
- Captain de Armendáriz, Pedro
- Godines, Juan
- Carillo, Joseph
- de Meneses, Joseph
- Signed by
- Arias de Viveros, Francisco
- Álvarez, Nicolás
- Date
- April 26, 1670
- Medium
- ink on wove paper
- Dimensions
- H x W (closed): 12 7/16 × 8 1/2 in. (31.6 × 21.6 cm)
- H x W (open): 12 7/16 × 17 1/16 in. (31.6 × 43.4 cm)
- Description
- A four page Spanish language manuscript handwritten in ink describing the sale of two enslaved men in colonial New Spain’s Ciudad de Los Angeles (today Puebla, Mexico). The first and fourth page are stamped with two seals in the upper left cover and have four lines of printed text as the heading. The left margin on all pages is left blank and there is minor wear around the pages.
- The first two pages describe the bill of sale for Ciborio and last two pages for Andres, both who were said to have been of Arará ethnicity and 20 years of age. The enslaved men were sold to Don Nicolás Soltero Castaneda by the factors Francisco Arias de Viveros and Sebastián de Velasco, representative merchants of Domingo Grillo and the heirs of Ambrocio Lomelin. Each man was sold for 415 common gold pesos (a type of currency). The documents are dated April 26, 1670 and are signed by Francisco Arias de Viveros and Nicolas Álvarez, a public notary.
- TRANSCRIPTION: Provided by Eriksen Translations
- Note: Asterik indicated an abbreviation. If the abbreviation is known, it is spelled out inside of parenthesis.
- PAGE ONE
- fho*(fecho)
- Sello
- Sello
- M Annos D* (De)1670 y 1671 Carlos II
- 26
- +
- Un real
- SELLO TERCERCEO UN REAL AÑOS DE
- MIL Y SEISCIENTOS Y CINQV ENTA
- Y QVARTO (1654) Y CINQVENTA Y CINCO (1655)
- 487
- 1 SSepan quanto esta carta vieren Como yo franco*(francisco)
- 2 Arias de Viberos veci*(vecino) de la nueva ciu*(ciudad) de beracrus factor
- 3 para la venta y admistracion de la partida de negros bo-
- 4 sales que se trajeron de la ylsa de los barbados a este reyno
- 5 el año passado de sesenta y nuebe que son y pertenecen
- 6 a domingo grillo y erederos de ambrocio lomelin ve-
- 7 cinos de la villa de Madrid mediante el asiento que tie-
- 8 nen echo con su mag*(majestad) enn* y vos de el dho*(dicho) domingo grillo
- 9 Y en virtud de el poder que el sussodho*(dicho) por si como tutor y
- 10 curador de las personas y vienes de d*(don) Juan Baussista
- 11 don domingo y da*(dona) maria ysavila Lomelin hijos y erederos
- 12 de el dho*(dicho) ambrocio Lomelin otorgo a favor de d*(don) franco*(francisco)
- 13 Lomelin en la dha*(dicha) villa de Madrid a los seis de
- 14 octubre deel (del) año passado de mill y seiscientos y sesenta
- 15 Y ocho ante geronimo muños n*(notario) deel (del) Rey nro*(nuestro) y de
- 16 la tesorería de la Santa Cruzada pa*(para) la yntroducion
- 17 admistracion y venta de los negros esclavos que mediante
- 18 dho*(dicho) cesientos y seisenta de su maj*(majestad) tienen para meter
- 19 en las indias todos los años y el dho*(dicho) don franco*(francisco) lomelin
- 20 los sostituyo en d*(don) Augn*(Agustin) Lomelin en la ciu*(ciduad) de cadis a los
- 21 veinte y nuebe de noviembre del dicho año de sesenta y
- 22 ocho ante diego benites delgado n*(notario) pu*(publico) y el del dicho capn*(capitán) don
- 23 augn*(Agustin) Lomelin lo sostituyo en el Capn*(capitán) pedro de armen-
- 24 dariz y este en mi y en sevastian de Velasco ves*(vecino) de la
- 25 dha*(dicha) ciu*(ciudad) de la nueva beracruz para que juntos y no el uno
- 26 sin el otro usaseamos de el sino fuere en casso que el
- 27 Uno passe a la ciud*(ciudad) de Mexco*(Mexico) y otro pte*(parte) Conp* de dicha ar-
- 28 masson que entonces avia de poder el uno solo ussar
- 29 de dho*(dicho) poder segun que de el y de dha*(dichas) sustitueron y
- 30 Consta que quedan copeados en el protocolo de escrituras
- 31 del press*(presente) ss* (señor) a que me remito y del ussando otorgo
- 32 que vendo R* mte* (realmente) al do*(don) nicolas soltero castañeda
- 33 presci* cura beneficiado por su maj*(majestad) de el partido de acá-
- 34 tlan de un negro de dha*(dicha) partida a costa que aunque no esta bautizado y se
- 35 Nombra Ciborio de tierra Arara de edad de
- 36 Veinte años poco mas o menos por propio de Mis partes
- 37 esclavo cautibo libre del empeño o hipoteca y enajena-
- PAGE TWO
- 1 cion especial ni general sin aseguralo de ninguna tacha
- 2 vicio defecto ni enferm*(enfermidad) pub*ca (publica) ni secreta porque con todas las
- 3 que pareccer tener se lo vendo alma en boca huessos en cos-
- 4 ta y por recen traydo de su tierra corre el riesgo de muerte
- 5 vau Lessiencia desde luego porq*(porque) de el dicho comprador
- 6 sin quedarle Recurso contra mi pe*(parte) por el derecho de
- 7 la Redieutoria ni otro al dicho porque del caso de
- 8 este pacto y consierto hubo efecto dha*(dicha) venta que se
- 9 hago en precio de quatrocientos y quince ps*(pesos) de oro co-
- 10 mun que por su compra meadado y pagado por
- 11 mano de Juan prieto soltero su ermano vecino de
- 12 esta ciu*(ciudad) en reales de contado de que me doy por entrega-
- 13 do renunsio leyes deel entrego y su preceea Prueva y Exsepon*(Exsepcion)
- 14 de la peccuria y de esto y aparto a dhos*(dichos) mis parttes deel
- 15 der*(derecho) Y acision propiedad y señorio que dho*(dicho) esclavo
- 16 tienen y los sedo renuncio y transfiero en el comprador
- 17 a quien lo entregue en esta ciu*(ciudad) en senal de posscn* (posicion)
- 18 y tradicion verdadera y como Rl*(Real) vendedor obligo al
- 19 dho*(dicho) Domingo grillo y erederos deel dicho Ambrocio Lomel-
- 20 lin juntam*te(juntamente) de mancomun a uos de uno y cada uno
- 21 por el todo y … con renunsiocion de leyes de la
- 22 mancomunidad devision y excusion a la erucion y seguridad y
- 23 saneam*to(saneamiento) de dicho esclavo en la mas bastante forma
- 24 que por dero*(derecho) deven ser lo y a la firme su obligo las
- 25 perssonas y vienes(bienes) de los dichos mis ptes*(partes) y doy poder
- 26 a las justicias de su mag*(magestad) Especial a las de esta cciud*(ciudad)
- 27 a cuyo fuero y juridisccion los Sometto y prenuncio el
- 28 suyo propio domicilio y vesindad y la ley se conuen-
- 29 erit de juridisccion e para que aello les aprimien
- 30 como por senttensia pasada en cosa se jusgada re-
- 31 nuncio leies de su favor y la general deel derecho
- 32 que es fha*(fechada) enl* (en la) ciu*(ciudad) de los ang*(los angeles) a veinte y seis dias deel mes
- 33 de abril de mill y seiscientos y setenta ... y yo el ss*(escrivano) doy
- 34 fe conosco al ortorgado que lo firmo y que tiene dho*(dicho) po-
- 35 der sitado testigos Juan godines e Joseph carillo y Joseph
- 36 de meneses veci*os(vecinos) de esta ciu*(ciudad) =
- 37
- 38 Signatures
- 39 Franc*(Francisco) Arias de Viberos
- 40 a*mi(ante mi)
- 41 Nicolas Alvarez
- 42 N*RLy*pu(Notario Real Publico)
- 43
- 44 Illegible
- PAGE THREE
- Marginalia
- Fho*
- 1 SSSepan quantos esta carta vieren como Yo Franc*Co(Francisco) arras [Arias]
- 2 de Viberos Vessino de la nueva ciudad de la beracruz factor para
- 3 la venta y administraccion de la partidas de negros bos-
- 4 ales que se trajeron de la ylsa de los barbados a este
- 5 reyno el ano pasado de mill y seisceintos y sesenta
- 6 y nuebe que son y pertenecien a domingo grillo y ere-
- 7 dores de ambrocio Lomelin Vecinos de la villa de
- 8 Madrid mediante el asiento que tienen echo
- 9 con su mag*(magestad) en n*(nombre) y vos deel dho*(dicho) domingo grillo le se-
- 10 vertud deel poder que el sussodho*(sussodicho) porsi y como tutor y
- 11 Curador de las personas y vienes de d*(don) Juan Baussista
- 12 don domingo y da*(dona) maria ysavila Lomelin hijos y erederos de
- 13 de el dho*(dicho) ambrocio Lomelin otorgo a favor de d*(don)
- 14 franco*(francisco) Lomelin en la dha*(dicha) villa de Madrid a los seis
- 15 de octubre deel (del) año passado de mill y seiscientos y
- 16 sesenta y ocho ante geronimo muños n*(notario) deel (del) Rey nro*(nuestro)
- 17 Y de la tesorería de la Santa Cruzada pa*(para) la yntro-
- 18 ducion admistracion y venta de los negros esclavos que
- 19 mediante dho*(dicho) asiento y lesenura de su mag*(magestad) tienen
- 20 para meter en las Yndias todos los anos y el dho*(dicho)
- 21 don franco*(francisco) lomelin lo sostituyo en d*(don) Augn*(Agustin) Lomelin en la
- 22 ciu*(ciduad) de cadis a los veinte y nuebe de noviembre del dicho
- 23 año de sesenta y ocho ante diego benites delgado n*(notario) pu*(publico)
- 24 y el del dicho capn*(capitán) don augn*(Agustin) Lomelin soso. en el Capn*(capitán)
- 25 pedro de armendariz y este en mi y en sevastian de
- 26 Velasco ves*(vecino) de la dha*(dicha) ciu*(ciudad) de la nueva beracruz para
- 27 que juntos y no el uno sin el otro ussaremos deel
- 28 sino fuere en casso que el uno passe a la ciud*(ciudad) de
- 29 Mexco*(Mexico) Y otra pte*(parte) Conp*… de dicha armasson que entonces
- 30 avia de poder el uno solo ussar de dho*(dicho) poder se-
- 31 gun que de el y de dho*(dichos) sustitueron y consta que quedan
- 32 copeados en el protocolo de escrituras del press*(presente)… ss*(señores)
- 33 a que me remito y del ussando otorgo que vendo
- 34 R* (real) mte*(mente)”al do*(don) nicolas soltero castañeda clerigo
- 35 presci* cura beneficiado por su maj*(majestad) de el partido
- 36 de Acatlán de la costa un negro de dha*(dicha) parrida
- 37 que aun no esta bautizado y se nombra Andres
- 38 de tierra Arara de edad de veinte as*(anos) poco mas o me-
- 39 nos por propio de Mis ptes*(partes) esclavo cautibo li-
- 40 bre de empeño o hipoteca y en agenaccion especial
- PAGE FOUR
- Sello
- Sello
- M Años D* (De)1670 y 1671 Carlos II
- 26
- +
- Un real
- SELLO TERCERCEO UN REAL AÑOS DE
- MIL Y SEISCIENTOS Y CINQVENTA
- Y QVARTO (1654) Y CINQVENTA CINCO (1655)
- 1 ni general sin aseguralo de ninguna tacha vicio de-
- 2 fecto ni enferm*(enfermidad) pub*ca (publica) ni secreta porque con todas las que
- 3 pareccer e tener se lo vendo alma en boca huessos en costa
- 4 y por resen traido de su tierra corre el riesgo de muerte vau
- 5 lessencia desde luego porq*(porque) de dicho comprador sin que darle Recur-
- 6 so contra mi parte por el der*(derecho) de la redibi... a ni otro
- 7 alguno porque dicho de esta o de este pacto y consierto hubo efecto
- 8 dhas*(dichas) que le hago en precio de quatrocientos y quince ps*(pesos)
- 9 de oro comun que por su compra meadado y pagado por
- 10 mano de Juan prieto soltero su ermano vecino de esta
- 11 ciu*(ciudad) en reales de contado de que me doy por entregado en* le-
- 12 yes deel entrego y su prueva y exsepon*(exsepcion) de la peccuria y de-
- 13 irto y aparto a dhos*(dichos) mis partes deel derecho y axcion pro-
- 14 piedad y senorio que a dho*(dicho) esclavo tienen y los sedo renuncio y
- 15 transfiero en el comprador a quien lo entregue en esta
- 16 ciu*(ciudad) en senal de posicion y tradicion verdadera y como
- 17 Rl*(Real) vendador obligo al dho*(dicho) Domingo grillo y erederos
- 18 deel dicho ambrocio lomelin juntam*te(juntamente) de mancomun
- 19 a vos de uno y cada uno por el todo y nro*(nuestro) ledun con renun-
- 20 seacion de leyes de la mancomunidad devision y exercision
- 21 a la erusion y seguridad y saneam*to(saneamiento) de dicho esclavo en la mas
- 22 bastante forma que por derecho deven ser lo y a la fir-
- 23 mesca obligo las perssonas y viene de los dichos mis partes
- 24 y doy poder a las justicias de su mag*(magestad) especial a las de
- 25 esta ciud*(ciudad) a cuyo fuero y juridisccion los Someto y ren* el
- 26 suo propio domicilio y vesindad y la ley si convenerit de Juri-
- 27 disccion e para que aello les aprimien como por senta*(sentencia) pasada en
- 28 cosa jusgada renuncio leyes de su favor y la general de
- 29 el der*(derecho) que es fha*(fechada) enl*(en la) ciu*(ciudad) de los ang*(los angeles) a veinte y seis dias de
- 30 el mes de abril de mill y seiscientos y setenta y yo el ss*(escrivano) doy
- 31 fe conosco al otorgado que firmo y que tiene dho*(dicho) poder
- 32 sitado de tto*(testigos) Juan godines Joseph Carillo y Joseph de
- 33 Meneses veci*os(vecinos) de esta ciu*ciudad =
- Signatures
- 34 Franc*(Francisco) Arias de Viberos
- 35 a*mi(ante mi)
- 36 Nicolas Alvarez
- 37 N*RLy*pu(Notario Real Publico)
- 38 Illegible
- Place made
- Puebla, Puebla, Mexico, Latin America, North and Central America
- Place captured
- Barbados, Caribbean, North and Central America
- Puebla, Puebla, Mexico, Latin America, North and Central America
- Madrid, Spain, Europe
- Cadiz, Spain, Europe
- Mexico City, Mexico, Latin America, North and Central America
- Veracruz, Mexico, Latin America, North and Central America
- West Africa, Africa
- Classification
- Slavery and Freedom Objects
- Documents and Manuscripts
- Type
- documents
- legal documents
- Topic
- British colonialism
- Catholicism
- Colonialism
- Law
- Slavery
- Spanish colonialism
- Trans Atlantic slave trade
- Credit Line
- Collection of the Smithsonian National Museum of African American History and Culture
- Object number
- 2020.26.14.1.1
- Restrictions & Rights
- Public domain
- Proper usage is the responsibility of the user.




